En varias semanas se publica la nueva Declaración Responsable oficial para la Formación Programada.

En Formación Programada las empresas podrán organizar la formación de sus trabajadores por sí mismas, cuando dispongan de los medios necesarios para ello, sean propios o contratados, y también las empresas podrán optar por encomendar la organización de la formación a una entidad externa, en cuyo caso se establece como novedad que la impartición de la formación se realizará por una entidad de formación acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente. Esta inscripción se requerirá incluso cuando no se trate de formación recogida en el Catálogo de especialidades formativas.

Por ello, las entidades de formación interesadas en inscribirse en el correspondiente registro para impartir formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de especialidades formativas deberán presentar una declaración responsable con arreglo al modelo específico que se desarrolle para ello.

Para dar validez a las declaraciones responsables que se hayan presentado de forma presencial en los registros de las correspondientes Administraciones competentes, con anterioridad a la aprobación del modelo específico oficial, se prevé en la misma la presentación telemática de una nueva declaración responsable adecuada al nuevo modelo aprobado, en la que se recoja la declaración inicial, considerándose como fecha efectiva de presentación la realiza después del 24 de marzo de 2015.

Las comunicaciones de inicio de cursos de formación programada comunicadas desde el 24 de marzo de 2015, y hasta un mes después de la entrada en vigor de esta orden de agosto (modelo oficial), se considerarán válidamente realizadas siempre que durante dicho periodo la entidad de formación hubiera presentado una declaración responsable ante la Administración competente, con independencia de su fecha, y adecue la misma mediante la presentación telemática de la declaración responsable a través de la aplicación habilitada a estos efectos (sede electrónica del SEPE y en la de la Fundación Estatal para la Formación – Tripartita).

Además, con la finalidad de no impedir que las empresas puedan acceder a la financiación de la formación de sus trabajadores, se establece que hasta en tanto no estén habilitados los procesos de envío por las CCAA de la información relacionada con la presentación de la declaración responsable, la presentación de este documento se efectuará a través de la aplicación online habilitada.

La declaración responsable se presentará por las entidades de formación que impartan formación en el supuesto de empresas que encomienden la formación de sus trabajadores a una entidad externa. No será precisa la presentación de declaración responsable en el supuesto de entidades de formación que sean contratadas para impartir la formación directamente por empresas que organicen por sí mismas la formación de sus trabajadores.

Corresponderá al SEPE la inscripción de las entidades de formación que dispongan de instalaciones y recursos formativos permanentes en más de una Comunidad Autónoma. Asimismo corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal la inscripción de las entidades de formación que impartan formación en las modalidades de teleformación o mixta y, hasta el 31 de diciembre de 2015, la de distancia convencional.

En los supuestos en que corresponda presentar la declaración responsable ante el SEPE, la presentación, recepción y tramitación se efectuará exclusivamente por medios telemáticos a través de la aplicación habilitada, como máximo en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del nuevo documento oficial. Si la declaración responsable se entrega en la CCAA, la presentación se efectuará en la forma que se determine, y se transmitirá esta información al SEPE Estatal para su integración en el Registro Estatal de Entidades de Formación. Esto conllevará la asignación a la entidad de formación de un código único y distintivo para esta actividad, que será comunicado a la entidad solicitante.

La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiera acompañado o incorporado a esta declaración responsable, así como el incumplimiento de los requisitos, obligaciones y compromisos establecidos, determinarán la imposibilidad de continuar con la actividad como entidad de formación para impartir formación profesional para el empleo,

La CCAA y el SEPE procederán de oficio a la inscripción de la entidad de formación en el correspondiente registro en base a la declaración responsable presentada, debiendo integrarse esta información en el Registro Estatal de Entidades de Formación, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de verificación del cumplimento de las declaraciones recogidas y de seguimiento y control que correspondan a las Administraciones competentes.

Las entidades de formación que hayan presentado una declaración responsable ante cualquier Administración, dispone de 3 meses para presentar una nueva declaración responsable a través de la aplicación online habilitada. En todo caso, se considerará como fecha válida a efectos de la inscripción de la entidad de formación la de presentación de la declaración responsable inicial. Una vez cumplido este plazo de 3 meses perderán validez las declaraciones responsables presentadas con anterioridad a dicha entrada en vigor, debiendo presentar las entidades de formación interesadas una nueva declaración responsable, que tendrá efectos desde su presentación.

En los supuestos en que la empresa encomiende la formación a un entidad externa, será requisito para efectuar las comunicaciones de inicio de cursos de formación programada por las empresas para sus trabajadores el que la entidad de formación que imparta la formación haya presentado la correspondiente declaración responsable específica y esté inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación con anterioridad al inicio de la acción formativa.

No obstante lo anterior, las comunicaciones de inicio de acciones formativas formuladas desde el 24 de marzo de 2015, y hasta un mes después de la entrada en vigor de esta orden, se considerarán válidamente realizadas siempre que durante dicho periodo la entidad de formación hubiera presentado una declaración responsable ante la Administración competente, con independencia de su fecha, y adecue la misma mediante la presentación de la declaración responsable online.

En tanto no estén habilitados los procesos de inscripción y envío por las CCAA, la presentación de la declaración responsable que hubiera de presentarse en dichas Comunidades Autónomas se efectuará exclusivamente a través de la aplicación habilitada a estos efectos por el Sepe Estatal. En estos supuestos el Sepe Estatal procederá directamente a la inscripción de las entidades de formación que presenten la declaración responsable en el Registro Estatal de Entidades de Formación y comunicará a las respectivas Comunidades Autónomas las inscripciones realizadas.

>> Fuente Real Decreto Ley 4/2015 y borradores Ministerio de Empleo