Envío telemático de la Declaración Responsable.

Ya está operativo la herramienta informática para el envío telemático de la Declaración Responsable para la inscripción de entidades impartidoras de formación distinta de las especialidades previstas en el catálogo de especialidades, es decir para los centros de impartición de formación programada por las empresas para sus trabajadores (Formación Bonificada).

En el aplicativo se debe mecanizar todos los datos fiscales y domicilio del centro impartidor, señalar la modalidad de impartición de la formación (Presencial, Teleformación o Mixta), y especificar el ámbito de actuación distinguiendo entre:

a) La entidad dispone de instalaciones y recursos formativos permanentes o, en los supuestos de modalidad de teleformación o mixta, de centros presenciales, en más de una Comunidad Autónoma.
b) Las instalaciones y recursos formativos de la entidad de formación o, en los supuestos de modalidad de teleformación o mixta los centros presenciales, radican en la Comunidad Autónoma de: XXXX

También es obligatorio señalar las Áreas Profesionales de la formación a impartir, como por ejemplo ADGG Gestión de la información y comunicación, ADGN Finanzas y Seguros, AFDP Prevención y Recuperación, COMM Marketing y RRPP, HOTT Turismo, SEAD Seguridad y Prevención, FCOM Manipulación alimentaria, FCOS Seguridad y Salud laboral, etc.

El responsable del centro, a efectos de su inscripción en el Registro Estatal de Entidades de Formación para impartir formación profesional para el empleo distinta de las especialidades formativas previstas en el Catalogo de especialidades formativas, dentro de la iniciativa de formación programada, u según lo indicado en la Ley 30/2015, afirma que cumple con los requisitos establecidos y dispone de las instalaciones y RRHH suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir dicha formación, tanto teórica como práctica, así como la calidad de la misma.

El mismo el centro inscrito también se compromete a impartir la formación de acuerdo con los requerimientos de la empresa, o entidad organizadora, que le encomiende la organización y/o impartición de los correspondientes cursos. Estas acciones formativas deberán guardar relación con la actividad empresarial y adecuarse a las necesidades formativas reales de las empresas y sus trabajadores.

Por último afirma que disponen de las instalaciones y recursos humanos suficientes para impartir la formación encomendada, y cumplen todas las obligaciones señaladas en la Ley 30/2015, como la de no subcontratar con terceros la ejecución de la actividad
formativa, ayudar en las tareas de seguimiento y control, ofrecer formación de calidad, etc.

Por lo tanto, todos los centros de formación que participen en los modelo 2 y 3 de la Formación programada, ya deben utilizar la aplicación telemática prevista en la Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable necesario para la inscripción de aquellas entidades de formación que imparten formación no incluida en el Catálogo de especialidades formativas.

Un área profesional se puede considerar como un ámbito de actividades productivas afines que conlleva un desarrollo profesional homogéneo dentro de una familia profesional. Se suele representar de un modo relacionado entre las actividades profesionales, el uso de las tecnologías, las habilidades y los conocimientos que se desarrollan.

La relación de áreas profesionales son las recogidas en el anexo V de la resolución de 12 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas (BOE 24/03/2010).