Los nuevos costes de formación en los cursos bonificados.

Tras la publicación del RD ley 4/2015 se han dado algunos cambios en los costes y la facturación de los cursos bonificados (programados).
En el caso modelo de gestión Nº 1 donde la propia empresa se organiza, gestiona e imparta su propia formación interna, existirán los costes directos y los costes indirectos. Entre los costes directos se imputarán los profesores o tutores (internos o externos), medios didácticos y material didácticos (internos o externos), aulas y equipos (internos o externos), etc. En cuanto a los costes indirectos, parece que la norma se refiere a luz, agua, teléfono, mensajería y los costes de gestión administrativa interna (por ejemplo mecanización de cursos en la aplicación informática).
Como ya se sabe, los C. Indirectos serán como máximo un 10% del total del curso (total actividad formativa).
Pongamos un ejemplo de una empresa con 40 trabajadores que realiza un curso interno presencial superior de 20 horas para 4 alumnos. En este caso la cantidad máxima que puede bonificar es: 13 euros x 20 horas x 4 alumnos: 1.040 euros. Y dentro de esta cantidad podría imputarse los Costes Directos y los Costes Indirectos.
En el caso modelo de gestión Nº 2 y Nº 3, donde la empresa contrata a una entidad organizadora y/o impartidora, aparece un nuevo coste llamado Coste de Organización (gastos de gestión de la Entidad Organizadora), con los siguientes porcentajes máximos en función de la plantilla de las empresas: 20% en empresas con plantilla de 1-5 trabajadores, 15% con plantilla de 6-9 trabajadores y 10% en el resto de empresas.

Pongamos un ejemplo de una empresa de 30 trabajadores que contrata a una entidad organizadora + impartidora para que le planifique un curso online de 50 horas para 2 trabajadores. En este caso la cantidad que resulta tras la aplicación de los módulos de impartición resulta:
7´5 euros x 50 horas x 2 alumnos : 750 euros-
Por lo tanto, si la empresa dispone de crédito, además podrá bonificar los costes de organización con un 10%.
De este modo la cantidad máxima para bonificar es 750 euros + 10% de 750 euros: 750 euros + 75 euros: 825 euros.

En el apartado de costes de la aplicación informática de la Fundación Tripartita se pueden indicar las siguientes cantidades:
a- Costes Directos: 750 euros.
b- Costes Indirectos: 0 euros.
Total actividad formativa: 750 euros
c- Costes Organización: 75 euros
CANTIDAD TOTAL PARA BONIFICAR: 825 euros.

En este caso la facturación que emite la Entidad Organizadora es la siguiente:
SERVICIOS DE FORMACIÓN:
– Costes Directos o Impartición: 750 euros.
– Costes Indirectos: 0 euros.
– Costes Organización de la Formación: 75 euros
TOTAL SERVICIOS DE FORMACIÓN: 825 euros.

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