Novedades en las bonificaciones de formación para el empleo.

Tras publicarse una Orden en 2015 donde se establece una nueva bonificación sobre tutores en la Formación Dual, se pone en marcha un sistema para financiar los costes derivados de la obligada tutorización en la empresa de cada trabajador a través del contrato para la formación y el aprendizaje. Según indica la norma, las empresas se podrán aplicar una bonificación adicional a los costes, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En el supuesto de empresas de menos de cinco trabajadores la bonificación adicional tendrá una cuantía máxima de 2 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.

Por este motivo, todas las empresas que se encuentren actualmente incluidas en el Sistema de Liquidación Directa, deberán comunicar en el fichero de Bases los siguientes valores en el nodo “DatosTramo»: TipoDato: H (Horas), Código: 06 (Número horas tutoría), Valor donde se informará el número de horas de tutoría realizadas, Código: 737 (Bonificación tutoría) y el importe correspondiente de la bonificación calculada por el usuario.

Esta bonificación se ha implementado en el módulo de cálculo desde los primeros días del mes de junio, además en el Manual de Instrucciones Técnicas del Sistema de Liquidación Directa se encuentran actualizadas las tablas con estos nuevos códigos de datos. Los usuarios de RED Directo deberán informar en dos nuevos campos el número de horas de tutoría y el importe correspondiente de la bonificación calculada por el usuario.

Por otro lado, ya no es necesario entregar papel para solicitar un Saldo Acreedor. Como consecuencia de la implantación del Sistema de Liquidación Directa y con el fin de evitar la presentación de boletines de cotización en soporte papel, se ha creado un nuevo servicio telemático para la solicitud del reintegro de bonificaciones por formación profesional para el empleo correspondientes a periodos anteriores al año natural o a empresas en situación de baja.

Este servicio que ya está implantado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, se ofrece ahora como una nueva funcionalidad para los autorizados Red, ubicada dentro del apartado “Gestión de Devoluciones y Saldos Acreedores”, con la siguiente denominación “Solicitud de reintegro de bonificaciones por Formación Profesional para el empleo”.

El reintegro de este tipo de bonificaciones se podrá solicitar para todos los regímenes que tienen prevista esta modalidad de formación, siendo requisito imprescindible la comunicación de la cuenta bancaria para la devolución. La solicitud de reintegro como el resto de bonificaciones por formación profesional deberá ser previamente autorizada por la Fundación Tripartita para la Formación y el Empleo.